Responsabilidades Familiares
Licencia por paternidad
El Código del Trabajo proporciona permiso de paternidad pagado al padre al presentar un certificado de nacimiento. El padre tiene derecho a ocho días hábiles de licencia de paternidad pagada para los hijos nacidos de su cónyuge o pareja. El certificado de nacimiento debe ser enviado a la EPS dentro de los 30 días posteriores al nacimiento.
Para la licencia por paternidad, la misma deberá disfrutarse dentro de los 30 días siguientes al nacimiento o la adopción.
A partir del 29 de julio de 2021, la baja por paternidad se ha ampliado a dos semanas. Como antes, para poder beneficiarse de esta licencia, el certificado de nacimiento debe enviarse a la EPS dentro de los 30 días posteriores al nacimiento. La licencia de paternidad se extenderá una semana más por cada punto porcentual de disminución de la tasa de desempleo estructural en el país, sin embargo, se limitará la duración máxima de la licencia de paternidad a cinco semanas.
Fuente: §236 del Código Laboral Sustantivo de 1950, enmendado en 2021; Ley 2114 de 2021
Permiso parental
Licencia por cuidado de hijos: Se otorga a los padres o tutores diez días hábiles de licencia remunerada al año para el cuidado de hijos con enfermedades terminales o afecciones graves que requieran cuidados paliativos.
Licencia parental compartida: La Ley 2114 de 2021 creó la figura de la licencia parental compartida, que permite a los padres distribuir entre ellos las últimas 6 semanas de las 18 correspondientes a la licencia por maternidad. Esto requiere un acuerdo mutuo entre ambos padres y la notificación al empleador.
Fuente: Ley 2114 de 2021
Opción de trabajo flexible para los trabajadores con hijos / Equilibrio entre la vida y el trabajo
No existen disposiciones legales que apoyen la conciliación de los padres o de los trabajadores con las responsabilidades familiares. Los horarios de trabajo flexibles solo pueden proporcionarse en caso de mutuo acuerdo.
Los padres pueden optar por intercambiar un período de su licencia por un período de trabajo a tiempo parcial, equivalente al doble del tiempo del período elegido correspondiente.
Los padres podrán optar por un permiso parental flexible a tiempo parcial, en el que podrán cambiar un período determinado de su permiso de maternidad o paternidad por un período de trabajo a tiempo parcial, equivalente al doble del tiempo del período elegido correspondiente. Los padres pueden extender su licencia de paternidad trabajando a tiempo parcial durante la segunda semana de licencia de paternidad, mientras que las madres pueden extender su licencia de maternidad a través del trabajo a tiempo parcial durante las últimas 6 semanas de licencia de maternidad.
Fuente: Ley 2114 de 2021
Licencias por motivos especiales
1. Permiso por luto (duelo). Norma: CST, art. 57 numeral 10, modificado por Ley 1280 de 2009.
- El empleador debe conceder al trabajador una licencia remunerada de 5 días hábiles por la muerte de:
- Cónyuge o compañero(a) permanente.
- Familiar hasta primer grado de consanguinidad (padres, hijos) o primero civil (hijos adoptivos, padres adoptantes).
2. Permiso sindical. Norma: CST, arts. 373 y ss.
- Los directivos sindicales tienen derecho a permisos remunerados para:
- Participar en actividades propias del sindicato.
- Asistir a negociaciones colectivas.
- Cumplir funciones de representación.
- El tiempo se pacta en convenciones colectivas o acuerdos.
3. Permiso para realizar funciones públicas transitorias. Norma: CST, art. 57 numeral 6.
- El empleador debe conceder permiso cuando el trabajador sea llamado a cumplir una función pública transitoria (ejemplo: jurados de votación).
- El tiempo se considera trabajado con goce de salario.
4. Permiso por grave calamidad doméstica. Norma: CST, art. 57 numeral 6.
- El empleador debe conceder licencias en caso de calamidad doméstica debidamente comprobada.
- La ley no define con exactitud qué hechos cuentan como calamidad (puede ser enfermedad grave de un familiar, accidente, emergencias familiares).
- La remuneración depende de la política empresarial o lo pactado en el contrato colectivo, salvo que la situación sea asimilada a fuerza mayor o derecho fundamental.
5. Permiso para estudios o capacitación
- El CST no establece un permiso general para estudios, pero:
- El art. 57 numeral 7 señala que el empleador debe conceder permisos para que el trabajador asista a cursos de capacitación, formación o instrucción que sean de interés del empleador.
- Muchos convenios colectivos incluyen licencias no remuneradas o parcialmente remuneradas para educación.
Regulaciones sobre los trabajadores con responsabilidades familiares
- Código del Trabajo, 1951, modificado en 2011 / Labour Code (Codigo del Trabajo), 1950, amended in 2011