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Prestación por Lesiones de Trabajo

This page was last updated on: 2025-01-14

Discapacidad / Prestación por lesiones

Las lesiones de trabajo se dividen en cuatro categorías: ( i ) la incapacidad permanente total ( ii ) la incapacidad parcial permanente ( iii ) por incapacidad temporal y ( iv ) lesiones fatales que conducen a la muerte de un trabajador .
No hay período mínimo de calificación para el acceso a las prestaciones por accidentes de trabajo. Los accidentes que ocurren in itinere o en el transcurso del lugar de trabajo al domicilio de los empleados están cubiertos.
En el caso de incapacidad total / incapacidad permanente, es decir, con al menos un 70 % de la invalidez evaluada, la pensión mensual es del 70 % del salario base. El sueldo base es igual a los ingresos mensuales promedio en los últimos seis meses anteriores al inicio de la incapacidad. Si el trabajador lesionado necesita asistencia constante para realizar las funciones de la vida diaria, la pensión de invalidez se incrementa en un 30 % del salario base, es decir, se paga el 100 % de la pensión.
En el caso de incapacidad permanente parcial, para un grado de invalidez del 40 a 69 %, la pensión mensual es del 35 % del salario base. Si el grado de incapacidad es de 15-39 %, se paga una cantidad de hasta 15 meses de salario.
En el caso de incapacidad temporal, los trabajadores reciben los ingresos mensuales promedio en los tres meses anteriores al inicio de la incapacidad. La prestación de incapacidad temporal se paga durante 12 meses (se puede extender hasta por 24 meses )
En el caso de muerte, las prestaciones de supervivencia se pagan a los dependientes (cónyuge, hijos menores de 18 años/24 años para los estudiantes, sin límite de edad para los niños con discapacidad). El 50% de la pensión de incapacidad permanente que el fallecido recibía o tenía derecho a recibir se paga a la viuda mayor de 44 años (no existe límite de edad si es discapacitada o tiene a su cargo el cuidado de un niño) o de un viudo (con discapacidad). El monto de beneficio conyugal se eleva al 60% si no hay niños elegibles. Este beneficio cesa en caso de volver a casarse y se paga una suma global de dos años de beneficio.

La pensión de orfandad es el 20% de la pensión de incapacidad permanente que la persona fallecida recibía o tenía derecho a recibir. La prestación se paga a los niños menores de 18 años (la edad límite es de 24 años para los estudiantes y sin límite de edad para los niños con discapacidad). Los beneficios combinados de supervivencia '(cónyuges y huérfanos) no deben superar el 100% de la pensión de invalidez que el fallecido recibía o tenía derecho a recibir.

También existe una previsión para los gastos funerarios que es hasta tres veces el salario mínimo mensual, según lo determinado por la ley.

Fuente: Art. 34-41 del Seguro Social Contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; Perfil nacional de la ISSA 2015

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