Responsabilidades Familiares
Licencia por paternidad
Los trabajadores varones tienen derecho a dos días de licencia remunerada por el nacimiento de un niño. La duración de la licencia se puede extender a través de la negociación colectiva. Existen propuestas en el Congreso para la ampliación del permiso de paternidad legal. Estas disposiciones, sin embargo, no son aplicables a los trabajadores públicos, domésticos y agrícolas.
Fuentes: Arts. 158-159 de la Ley de Contrato de Trabajo, No. 20744, 1976)
Permiso parental
No hay ninguna disposición en la ley sobre el permiso parental.
Opción de trabajo flexible para los trabajadores con hijos / Equilibrio entre la vida y el trabajo
No hay ninguna disposición en la ley sobre apoyar el balance entre el trabajo y la vida de los padres o sobre los trabajadores con responsabilidades familiares. Sin embargo, las horas de trabajo flexibles se pueden proporcionar a través de la negociación colectiva. Sin embargo, un empleado puede optar por un trabajo a tiempo parcial con el empleador. Los empleos a tiempo parcial son aquellos trabajos en los que las horas de trabajo son como máximo dos tercios de las horas normales de trabajo. La compensación en tal caso se determina sobre la base del prorrateo.
En marzo de 2022, se reglamentó el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744), estableciendo que los establecimientos con más de 100 empleados deben ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años de edad que estén a cargo de los trabajadores, sin distinción de género, durante sus jornadas laborales. Las empresas tienen un año desde la entrada en vigencia de la norma para implementar esta medida. Alternativamente, si no cuentan con un espacio físico, pueden acordar en los convenios colectivos el pago de una suma no remunerativa en concepto de reintegro de gastos relacionados con el cuidado de hijos, que no podrá ser inferior al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro, o al monto efectivamente gastado si este fuera menor.
Por otra parte, la madre de un niño enfermo puede renunciar para cuidar a ese niño. En este caso, tiene derecho a un pago equivalente al 25% de la indemnización que habría recibido si hubiera sido despedido sin causa.
Fuentes: Arts-183 (b) de la Ley de Contrato de Trabajo, N ° 20.744 de 1976
Licencias por motivos especiales
1. Licencia por matrimonio
- Norma: Art. 158 inc. b) de la LCT.
- Duración: 10 días corridos.
- Condiciones: Debe acreditarse con el certificado de matrimonio. Se otorga al trabajador o trabajadora, independientemente de género.
2. Licencia por fallecimiento (duelo)
- Norma: Art. 158 inc. c) y d) de la LCT.
- Duración:
- 3 días corridos por fallecimiento de cónyuge, hijos o padres.
- 1 día por fallecimiento de hermano.
- Condiciones: El empleador puede pedir el certificado de defunción.
3. Licencia por rendir examen (estudios)
- Norma: Art. 158 inc. e) de la LCT.
- Duración: 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.
- Condiciones: Aplica a trabajadores que cursen estudios regulares en establecimientos oficiales o incorporados a la enseñanza oficial. Deben presentar certificado de examen rendido.
4. Licencia por donación de sangre
- Norma: Art. 21 de la Ley 22.990 (Ley de Sangre).
- Duración: 1 día de licencia paga.
- Condiciones: Se otorga a quien concurra a donar sangre; se acredita con certificado de centro autorizado.
5. Licencia por voto (electoral)
- Norma: Código Electoral Nacional (Ley 19.945, art. 71 y 111).
- Duración: El tiempo necesario para concurrir a votar, si coincide con la jornada laboral.
- Condiciones: El empleador no puede descontar salario ni sancionar por ausentarse para cumplir con el voto obligatorio.
6. Licencia por ser autoridad de mesa electoral
- Norma: Ley 19.945, art. 72.
- Duración: Todo el día de la elección y el tiempo que demande el cumplimiento de la función.
- Condiciones: El trabajador debe presentar la constancia de designación de la Justicia Electoral.
7. Licencia por mudanza
- Norma: Art. 158 inc. f) de la LCT.
- Duración: 1 día corrido.
- Condiciones: Aplica a mudanza de domicilio. Puede pedirse comprobante (contrato de alquiler, certificado de cambio de domicilio, etc.).
8. Licencias especiales por convenciones colectivas
Además de las contempladas en la LCT, muchos convenios colectivos amplían permisos: - Por nacimiento de hijos (más días que los de la LCT). - Por matrimonio de hijos. - Por trámites personales (por ejemplo, bancarios). - Por atención de familiares enfermos. Estas dependen del sindicato y del sector.
Regulaciones sobre los trabajadores con responsabilidades familiares
- Ley de Contrato de Trabajo, No. 20.744, 1976 / Employment Contract Act, No. 20.744, 1976